Los inmigrantes irregulares tendrán el acceso garantizado a la sanidad pública desde este viernes

Los españoles residentes en el extranjero gozarán de esta durante sus estancias en España
España12 de marzo de 2026 Redacción
rss-efe6c1523b1023b72c4f08585f6134f181d6fc7755ew
Centro de salud / EFE

Este viernes entra en vigor el Real Decreto 180/2026, aprobado el pasado martes en el consejo de Ministros, que permite el acceso universal al Sistema Nacional de Salud para inmigrantes en situación irregular, sin residencia legal en España y españoles que residan fuera del país.

Esta nueva norma ha sido propuesta por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en conjunto con el fin de solucionar situaciones de desigualdad y simplificar la burocracia. 

De ahora en adelante, con una declaración responsable —documento oficial firmado por un interesado en el que manifiesta, bajo su propia responsabilidad, que cumple con todos los requisitos legales vigentes para iniciar una actividad, obra o derecho— la persona solicitante expresa que no cuenta con cobertura sanitaria por ninguna otra vía y, por ello, no estará obligado a pagar su asistencia.

Esta solicitud podrá hacerse desde el centro de salud u hospital cuando las personas vayan a ser atendidas. Además de la declaración responsable el solicitante debe acreditar su residencia en España. Para ello, el empadronamiento es el documento preferente, pero el proceso se flexibiliza aceptando otros medios —certificados de escolarización, facturas, informes de servicios sociales, etc.—

La Administración tendrán un plazo máximo de tres meses para notificar la resolución. Por el contrario,  la solicitud se entederá estimada por silencio administrativo. Una vez reconocido este derecho, el documento de asistencia sanitaria no tendrá caducidad.

Protección prioritaria para colectivos vulnerables

El decreto garantiza el acceso inmediato y efectivo a la asistencia sanitaria para aquellos colectivos que requieren una especial protección, con independencia de su situación administrativa y sin necesidad de acreditar los requisitos mencionados. 

Estos grupos incluyen a menores de edad, embarazadas —tendrán atención durante el embarazo, parto, posparto o interrupción voluntaria de este— y víctimas de violencia de género, violencia sexual o trata de seres humanos.

Españoles con residencia en el extranjero

Esta norma amplía el derecho a la asistencia santiaria pública a españoles de origen que viven en el extranjero durante sus desplazamientos temporales a España. Hasta ahora, este derecho se limitaba a los pensionistas o trabajadores. Con el nuevo texto, se extiende a la totalidad de personas españolas de origen y familiares. 

El decreto asegura el buen uso de los fondos públicos. Si la solicitud es denegada, se procederá a la facturación de las atenciones recibidas y, en caso de detectarse inexactitud o falsedad en la declaración responsable, el documento provisional quedará sin efecto de inmediato. 

Artículos relacionados
Lo más leído
Recibe las noticias cada mañana en tu bandeja de entrada