
La justicia perseguirá a quienes cometan delitos leves de forma multirreincidente
Juanma Ponferrada
Este jueves ha entrado en vigor una modificación legislativa que tiene que ver con la lucha contra la multirreincidencia en delitos, muy solicitada por miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
A partir de ahora, la sustracción de un dispositivo móvil, con independencia de su valor, pasa a constituir un delito menos grave de hurto, por lo que se podría detener en estos casos. Además, si hay multirreincidencia delictiva en supuestos de hurto, excedan o no los bienes sustraídos de 400 euros, se podrá castigar con la pena de prisión de seis a dieciocho meses (prevista en el 234.1 del Código Penal) si hay tres condenas previas sobre el mismo hecho.
Es habitual que en condenas no superiores a dos años se puedan suspender las penas privativas de libertad, permitiendo que no entren en prisión personas que han sido reincidentes en algunos delitos. A partir de ahora serán tenidos en cuenta los antecedentes por delitos leves para evitar que se produzcan suspensiones en casos de multirreincidencia.
Además, las disposiciones que entran hoy en vigor, introducen un nuevo apartado en el artículo 568 del Código Penal, con pena de prisión para la tenencia de sustancias inflamables con el objetivo de luchar contra el petaqueo (la práctica habitual de abastecer clandestinamente combustible a las narcolanchas que operan en costas españolas)
"La reiteración en la comisión de delitos contra el patrimonio ha puesto de manifiesto determinadas disfunciones en la eficacia de la respuesta penal", reza el inicio de la modificación en el boletín. El objetivo también de esta publicación es resolver así problemas interpretativos relacionados con una modificación del Código Penal que se hizo en el año 2022.


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